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Circular Informativa Noviembre |
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Miércoles 07 de Diciembre de 2011 15:34 |
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ESTUDIO DOPAZO&JAUREGUI
MORENO 1236 –TEL: 02267-424123 – GENERAL MADARIAGA SHAW 96 1º PISO –TEL: 02254-480250-PINAMAR AV. BS AS. Y AV. 4 –TEL: 02255-468325-VILLA GESELL
Circular Informativa – Noviembre 2011 LABORAL Resolución (Adm. Nac. Seguridad Social) 606/2011 – B.O.: 22-11-2011 – Asignaciones Familiares. Ayuda Escolar Anual. Presentación de documentación.
Establece que los sujetos que perciban la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en forma masiva al inicio del ciclo lectivo, deberán presentar ante ANSeS la documentación prevista en el Capítulo V, inciso c) de la resolución (SSS) 14/2002 entre la fecha de inicio del ciclo lectivo y el 31 de octubre de cada año. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- IMPORTANTE: PRE.BA – Plan de Promoción, Preservación y Regularización del Empleo de la Provincia de Buenos Aires El Estudio Dopazo & Jauregui asistió a la reunión informativa organizada por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires el día 01/12/2011 en el Teatro de la Torre. En la misma las autoridades dieron precisiones acerca de los planes de empleo vigentes, entre los cuáles hicieron especial hincapié sobre el Programa Incluir, el cuál es aplicable para los contratos por tiempo indeterminado, ya sean por todo el año o por temporada. A continuación informamos los principales aspectos del Programa Incluir: 1) Destinatarios: Desocupados sin experiencia previa de 16 a 65 años. Aclaraciones: El empleado debe estar desocupado a la fecha de solicitud del subsidio. No debe haber ninguna relación laboral preexistente entre el empleado y el empleador, ni siquiera por temporada. Primero se solicita el beneficio y luego se da el alta temprana. El empleado debe ser ciudadano de la Provincia de Buenos Aires. Destinado únicamente para trabajadores de jornada completa. 2) Monto del beneficio: 50 % del Salario Mínimo, Vital y Móvil (actualmente el SMVM es de $ 2300, por tanto el subsidio sería de $ 1150). Aclaraciones: El monto será depositado en una Caja de Ahorro que el Ministerio abrirá en el Banco Provincia a nombre del trabajador. Si aumenta el Salario Mínimo, Vital y Móvil no aumentará el subsidio que ya fue solicitado (se mantiene el monto original). El subsidio es remunerativo. Esto quiere decir que consiste únicamente en el pago al trabajador de $ 1150 como parte de su salario. Las cargas sociales son las mismas que para un trabajador sin beneficio. 3) Duración: Hasta 12 meses. Si son contratos de temporada, hay que indicar la cantidad de meses que trabajará este año y el que viene se renueva. 4) Modalidad de contrato: por tiempo indeterminado. Por temporada. 5) Obligaciones: mantener la relación laboral por un mínimo equivalente al beneficio otorgado. IMPORTANTE: la fecha tope de carga para que el empleado cobre el beneficio por el mes de enero de 2012 (que se cobra en febrero) es el 15/12/2011. La contratación genera vínculo laboral. Fuente: www.infoleg.gov.ar
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Última actualización el Miércoles 07 de Diciembre de 2011 15:36 |