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El Tiempo en Pinamar

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Convenio AEHG / SADAIC 2011 PDF Imprimir Correo electrónico
Jueves 06 de Enero de 2011 11:14

Convenio Firmado entre la AEHG DE PINAMAR Y SADAIC.

 

Entre la AEHG de Pinamar y la SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MUSICA (S.A.D.A.I.C.), ENTIDAD CIVIL, CULTURAL Y MUTUALISTA.

“Hoteles, Hosterías, Moteles, Residenciales, Apart, Hoteles, Aparts, Tiempos Compartidos, Cabañas y similares”: Aranceles por la ejecución publica por cualquier medio (Tv, Radio, Música funcional, etc.). En las instalaciones del establecimiento:

HOTELES Y SIMILARES:

A)  Con Capacidad de una a diez habitaciones, el valor diario de una habitación single Standard, o en el caso de no contar con habitaciones single Standard el 90% del valor diario de una habitación doble Standard.

B) En establecimientos con mas de Diez (10) habitaciones, por cada habitación adicional se agregara al arancel establecido en A) el 10% del Valor del Arancel fijado en el punto A) por mes.-

No obstante lo indicado, teniendo en cuenta lo declarado e informado por la asociación sobre la situación especifica en el ámbito de Pinamar, donde el Turismo en general y la actividad hotelera en particular, han presentado hasta la fecha una marcada estacionalidad, reduciéndose notoriamente la actividad durante 6 (seis) meses por año, SADAIC ha considerado reflejar esa estacionalidad percibiendo el equivalente a 6 (seis) meses de arancel durante un año calendario.

Asimismo si por circunstancias especiales el usuario desafectara habitaciones de la comercialización por un periodo superior a los 6 meses en el año, podrá presentar una declaración jurada informando la cantidad de habitaciones en tal situación, la causa y el periodo de dicha desafectación a efectos de su verificación por parte de SADAIC, que controlará lo declarado y deducirá la cantidad de habitaciones desafectadas del calculo del pago correspondiente al mes o meses en que las habitaciones se encontraran fuera de la comercialización.

Para abonar el arancel mensual SADAIC tomara como referencia los valores de alojamiento para los años 2010 y 2011 declarados por los usuarios de acuerdo con la categoría  de los establecimientos, VEASE *.

El arancel correspondiente al año 2010 podrá abonarse con cheques de pago diferido con vencimiento entre los meses de diciembre y marzo del 2011.
El correspondiente al año 2011 deberá abonarse en seis (6) pagos de forma mensual y consecutiva a partir de enero de 2011.

Se deja establecido que no se consideran comprendidos dentro del arancel los eventos especiales donde se difunda el repertorio autoral, espectáculos en vivo, conciertos, etc.

La Mora se configurara de pleno derecho, es decir por el solo vencimiento del plazo estipulado para el pago de cada arancel, y/o para el cumplimiento de las demás obligaciones aquí pactadas, previa intimación para efectuar el pago, notificada por medio fehaciente dentro del plazo de 15 (quince) días. El pago fuera de termino devengara a favor de SADAIC un interés resarcitorio igual a la tasa del Banco Nación Argentina, en proporción a los días de Mora.

El Presente acuerdo Vence con fecha 31 de diciembre 2011. A su termino, será renovable automáticamente por periodos anuales, previa declaración de las nuevas tarifas por parte de los establecimientos y con el acuerdo de las parte. En cuanto a la temporalidad y a la ocupación se podrán tener en cuenta las circunstancias especiales que acontezcan en el Partido de Pinamar.

*
La determinación de los aranceles aplicables a los hoteles asociados que son objeto del presente se realizara de conformidad a las tarifas de referencia correspondientes a los años 2010 y 2011 que a continuación se detallan:

Hoteles 5 Estrellas año       2010    $ 410.-  / 2011   $ 485.-
Hoteles 4 Estrellas año       2010    $ 290.-  / 2011   $ 365.-
Hoteles 3 Estrellas año       2010    $ 195.-  / 2011   $ 240.-
Hoteles 2 Estrellas año       2010    $ 118.-  / 2011   $ 148.-
Hoteles 1 Estrellas año       2010    $ 90.-  / 2011     $ 110.-

A los Apart Hoteles se les aplicara la tarifa correspondiente a los establecimientos hoteleros de categoría similar.

Última actualización el Jueves 10 de Febrero de 2011 10:31